Pagos de gabinete


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stoguau
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Registrado: 12/01/2010 - 21:10
Pagos de gabinete

Hola compañero, a ver si vosotros me podeis ayudar. Me han ofrecido en una consulta de podología un gabinete para ejercer la fisioterapia. Siempre he trabajado por cuenta ajena y nosé como va el tema.

Aparte del alquiler (350 Leuros, en una buena zona de la ciudad) supongo que tendré que pagar autonomos, que ignoro como va (creo que sobre 200 euros/mes no?) que más hay que pagar? mensual, trimestral o anualmente? Compensa para media jornada? También me da la opción de trabajar a % (60-40)

Ya me vais diciendo los que tengais experiencia y acepto consejos. Muchas gracias!

fisio12
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Registrado: 07/05/2010 - 20:33

Hola Stoguau,

me gustaría saber de qué ciudad estás hablando, ya que yo también me lo estoy pensando.
Lo mío es en Barcelona, en un centro de Fisioterapia, me tienen que dar el precio esta semana, ya que depende de los días que lo quiera.
Lo tuyo para cuántas horas a la semana es? y cuántos días? Si te compensa o no, dependerá del número de pacientes que tengas, imagino que si todo el tiempo que estás en la consulta estás trabajando, pues te saldrá bien.

Los autónomos son casi 250€ al mes. Y luego tienes que pagar trimestralmente el IVA que cobres a tus pacientes. No sé si hay algo más...

Te deseo mucha suerte, y a ver qué consejos nos dan.

vitae
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Registrado: 29/07/2008 - 18:50
Pais: ES
¿IVA?

las actividades sanitarias NO llevan IVA

chazy
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Registrado: 21/08/2008 - 21:21
Pais: ES

Muy buenas, te voy a explicar lo que tuve que hacer hace 10 días para darme de alta (en Andalucia)

- Lo primero es darte de alta en hacienda rellenando el formulario 037. Entregas el formulario y luego tienes que ir a la seguridad social
- En la seguridad social rellenas el formulario TA.0521/1. Aquí tienes que dar fotocopia de DNI, fotocopia de formulario 037 entregado en hacienda y fotocopia de un certificado de colegiacion.

Cosas a saber, el IRPF (declaración) obligatoria. La declaración del IVA que es cada tres meses no nos afecta pues toda actividad sanitaria esta exenta de IVA.

Yo, con 23 años y primera vez que me hacía autonomo, la cuota se me quedaba en 176 euros durante 15 meses.

También hay que destacar que si tienes prestación de desempleo puedes capitalizar el pago (lo que significa que te adelantarían el 40% para comprar cosas que necesites y el 60% para pagar autonomos)

En resumen, 176 lerus al mes en concepto de autonomo, declaración anual y retención del IRPF del 15% (aunque te lo pueden poner al 7% si tienes menos de 30 años)

Espero haber sido de ayuda

sonifis
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Registrado: 30/09/2008 - 20:12

La fisioterapia no lleva IVA nunca y retención siempre. Otra cosa es que la retencion la hagas tu o te pague laguna empresa con la retencion hecha.

No se cobra IVA al igual que en muchos servicios como peluqueria por ejemplo. NO tiene que ver nada la indicacion medica.

nbrujado
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Registrado: 07/02/2008 - 23:21
IVA

Buenas a todos. Tengo una clínica de fisioterapia y según mi gestora/contable/abogada SÍ hay que declarar el IVA siempre y cuando no venga prescrito por un médico. Es decir, si viene a darse una sesión por su propia cuenta aplicamos IVA; si viene con la receta entonces no aplicamos IVA.

locs
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Registrado: 21/10/2008 - 15:07
Pais: ES
IVA

Hola compys, tengo una clinica privada y yo todos lo meses pago aprox 250euros de autonomos, y a parte al trimestre pago el IRPF y el IVA. Mi gestor me dijo que el IVA tambien tenie q pagarlo, y ahora decis q no??? Alguien lo sabe con seguridad? Ya no lo tengo claro.
Gracias.

sonifis
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Registrado: 30/09/2008 - 20:12

No se a que os referis con el IVA.

Cada 3 mese se paga el IRPF(las retenciones de cada factura) , a vuestros pacientes no les cobrais IVA por lo tanto ese no se paga.
Otra cosa es el del alquiler, inversiones, gastos, etc...
A lo mejor depende de la comunidad

fisio-esceptico
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Registrado: 01/10/2007 - 19:33

En principio la propia ley del IVA dice claramente que los "tratamientos" sanitarios NO llevan IVA. Por tanto no habría que hacer declaración del IVA ante Hacienda: esto significa que no se lo cobras a tus pacientes, pero tampoco te lo puedes desgravar como gasto deducible cuando otra empresa te lo cobre a tí en alguna factura (material, aparatos que compres, etc). Mi opinión personal es que toda actividad fisioterápica trata patologías.

Sin embargo, algunos gestores y algunos fisios autónomos piensan que es más rentable económicamente poder desgravarse grandes cantidades de IVA de las facturas de compras que hacen (vendas, aparatos, camillas, alquiler de clinica, y echándole morro meten hasta su coche como coche de empresa, etc). Entonces se buscan el truco (para mí de dudosa legalidad) de considerar que algunas de sus actividades no son "tratamientos de patologías" (que van sin IVA), sino prevención de la "salud" (masajitos) o "estética" (donde se presupone que no se tratan enfermedades)... y ahí Hacienda admite que cobres el 8% de IVA y luego te desgraves el IVA de tus facturas como empresario autonomo.

sory_24
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Registrado: 27/04/2011 - 23:20
Pais: ES
Re: Pagos de gabinete

Hola chicos ya se que este tema es del año 2010 pero yo me estoy abriendo la clínica este año y he llamado a hacienda (la clínica esta en bcn) y me han comentado que si no va por prescripción médica hay que cobrar el 8%, por lo que no se que hacer a lo mejor es hacer el tonto, pero es lo legal.

Otra cosita el irpf como se cálcula?